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Publicidad engañosa: qué es, ejemplos y cómo evitar que tus anuncios lo sean

Lo que dice la ley en España, los casos que ya se han multado y siete comprobaciones para revisar cualquier anuncio antes de que salga, sin jerga de abogado.

La publicidad engañosa es cualquier anuncio que, con datos falsos o callándose algo importante, puede llevar a error a quien lo ve y cambiar su decisión de compra. No hace falta mentir: basta con que el mensaje, tal y como se presenta, confunda al consumidor medio.

En España, «publicidad engañosa» se busca unas 1.600 veces al mes (DataForSEO, octubre de 2026), casi siempre desde el lado de quien quiere reclamar. Esta guía va del otro lado: el tuyo, el de quien hace el anuncio y quiere dormir tranquilo.

Te llevas los tipos, casos multados, lo que dice la ley y siete comprobaciones para cualquier pieza de publicidad online o en papel. Es una guía de marketing, no asesoría legal.

En esta guía

Qué es la publicidad engañosa

Es la que induce o puede inducir a error a quien la recibe, por acción o por omisión, y puede alterar su decisión económica.

La publicidad engañosa es toda comunicación comercial que contiene información falsa, o información verdadera presentada de forma que confunde, sobre el producto, el precio, las condiciones o el propio anunciante. Para serlo tiene que poder cambiar la decisión de compra de un consumidor medio, aunque nadie llegue a comprar.

Lo que no es: la exageración evidente que nadie se toma al pie de la letra («el café más rico del universo») ni una opinión subjetiva. Tampoco es lo mismo que la publicidad encubierta, que consiste en no avisar de que algo es un anuncio; ese caso lo tienes en la guía de publicidad nativa.

¿Cuándo se considera que la publicidad es engañosa?

Cuando un consumidor medio, normalmente informado y atento, se llevaría una idea falsa sobre algo importante para decidir. El artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal enumera esos aspectos. Entre ellos están las características del producto, el precio, el servicio posventa y la identidad del empresario. Se juzga el anuncio entero: texto, imagen, tamaño de letra y orden de la información.

Tipos de publicidad engañosa: por acción y por omisión

Hay dos grandes tipos: decir algo falso o que confunde (acción) y callar algo que el cliente necesitaba saber (omisión).

TipoQué esEjemplo típico
Por acciónAfirmar algo falso o que induce a error«Clínicamente probado» sin estudio detrás
Publicidad engañosa por omisiónOcultar, o dar tarde, un dato esencialPrecio sin el gasto de gestión obligatorio
Publicidad señueloAnunciar una oferta sin stock razonableTelevisor a 199 € con dos unidades en tienda
Falsa rebajaInflar el precio de referenciaSubirlo el lunes para «rebajarlo» el viernes
Reseñas falsasInventar opiniones o publicarlas sin comprobarValoraciones de clientes que no existen
GreenwashingAfirmaciones ecológicas sin prueba«Respetuoso con el planeta» sin un solo dato
Publicidad comparativa falsaComparar con datos que no son ciertos«El más barato de la ciudad» sin comparar

La omisión es la que más se cuela en las pymes, porque nadie la escribe a propósito. Es el «IVA no incluido» que se quedó fuera del banner o la permanencia que solo sale en el contrato. El artículo 7 de la Ley de Competencia Desleal también la considera desleal cuando la información se da de forma confusa, ambigua o tarde.

Ejemplos de publicidad engañosa sancionados de verdad

Los casos que mejor enseñan no son los anuncios famosos de internet, sino las resoluciones oficiales con multa y fecha.

  • Airbnb, 64 millones de euros (diciembre de 2025). Consumo multó a la plataforma con 64.055.311 € por anuncios de pisos turísticos sin licencia y con números de registro que no coincidían con los oficiales, que calificó de publicidad engañosa. La multa equivale a seis veces el beneficio ilícito y es firme en vía administrativa, según la nota de La Moncloa del 15/12/2025.
  • Falsas rebajas del Black Friday, 348.000 euros (julio de 2025). Siete tiendas online subieron precios días antes y después los «rebajaron» al precio de siempre. Consumo aplicó el artículo 20 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista: el precio de referencia es el más bajo de los 30 días anteriores al descuento.
  • Danone en EE. UU., 21 millones de dólares (2010). La FTC acusó a Dannon de no tener pruebas suficientes de los beneficios que anunciaba para Activia y DanActive, la versión estadounidense de Actimel. La empresa pagó a 39 estados y aceptó limitar sus futuras promesas de salud.

Fíjate en el patrón: ninguno de los tres es una mentira de película. Son un número que no cuadra, un precio de referencia inflado y una promesa sin estudio que la respalde.

Qué dice la ley de publicidad engañosa en España

No hay una única «ley de publicidad engañosa»: la regulan sobre todo la Ley General de Publicidad, la Ley de Competencia Desleal y la normativa de consumo.

La Ley General de Publicidad (Ley 34/1988) incluye en su artículo 3 la publicidad engañosa dentro de la publicidad ilícita, junto a la publicidad desleal y la agresiva. El detalle lo deja a la Ley de Competencia Desleal (Ley 3/1991). Esta última concreta qué es engaño, qué es omisión y qué prácticas se consideran desleales siempre, como la publicidad señuelo o las reseñas falsas. Puedes leer su texto consolidado en el BOE, actualizado en diciembre de 2025.

¿Cuál es la multa por publicidad engañosa?

Depende de la gravedad. El artículo 49 de la ley de consumidores (TRLGDCU) fija de 150 a 10.000 € para las infracciones leves, de 10.001 a 100.000 € para las graves y de 100.001 a 1.000.000 € para las muy graves. Esos topes pueden subir hasta ocho veces el beneficio ilícito, que es justo lo que pasó con Airbnb.

¿Es delito la publicidad engañosa?

Puede serlo, pero solo en casos graves. El artículo 282 del Código Penal castiga con prisión de seis meses a un año o multa a fabricantes y comerciantes que hagan alegaciones falsas sobre sus productos. Solo se aplica cuando pueden causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores. Lo habitual es la multa de consumo o la demanda de un competidor.

Competencia desleal: qué es y ejemplos en publicidad

La competencia desleal es todo comportamiento en el mercado contrario a la buena fe, y la ley lo desglosa en actos concretos. La publicidad engañosa es solo uno de ellos. Estos son los que más rozan a quien hace anuncios:

ActoQué prohíbeEjemplo en un anuncio
Engaño (art. 5)Información falsa o que induce a error«Hecho en España» cuando se fabrica fuera
Confusión (art. 6)Parecerte a otro hasta que te confundanUn logo casi calcado al de la marca líder
Denigración (art. 9)Atacar a un rival con datos inexactos«Otros te cobran de más», con su nombre y sin pruebas
Comparación ilícita (art. 10)Comparar sin datos verificables«Más barato que X» sin precios de hoy
Reputación ajena (art. 12)Colgarte del prestigio de otroSugerir que eres distribuidor oficial de una marca famosa

Si un competidor te demanda, puede pedir que pares el anuncio, que deshagas sus efectos y que lo rectifiques. Con dolo o culpa, suma una indemnización, y el juez puede ordenar que la sentencia se publique a tu costa (artículo 32). Está legitimado quien participe en el mercado y salga directamente perjudicado (artículo 33). Tiene un año desde que pudo reclamar y supo quién fue, y tres como máximo desde que acabó la conducta (artículo 35).

Antes de nombrar a un rival, comprueba tres cosas: mismo producto, mismos datos y fecha de hoy. Si no puedes enseñar esa comparación ante un juez, no lo nombres.

Cómo evitar la publicidad engañosa en tus anuncios: lista de comprobación

Pasa cada anuncio por siete comprobaciones antes de publicarlo y guarda la prueba de cada una.

  1. Apunta todo lo que promete el anuncio

    Lo que dice el texto, lo que enseña la imagen y lo que se da a entender. «Resultados en 7 días» y una foto de antes y después son dos promesas, no una.

  2. Ten la prueba antes de publicar

    Un estudio, una ficha técnica, una factura o una comparativa con fecha. Si la prueba llega después, el anuncio ya era engañoso el día que salió.

  3. Pon el precio final y las condiciones junto al titular

    IVA incluido, gastos obligatorios, permanencia y límite de unidades, a un tamaño que se lea en el móvil. La letra pequeña matiza; nunca contradice el titular.

  4. Comprueba el precio de referencia de cada rebaja

    Tiene que ser el más bajo de los 30 días anteriores al descuento. Guarda una captura con fecha del precio anterior.

  5. Revisa reseñas, testimonios e influencers

    Solo opiniones reales de clientes reales, y cualquier colaboración pagada, identificada como publicidad.

  6. Repasa las promesas verdes y las comparaciones

    Nada de «sostenible» o «el mejor» sin un dato concreto, medible y comprobable detrás.

  7. Guarda el expediente del anuncio

    Versión final, fechas, pruebas y condiciones en una carpeta. Si llega una reclamación, esa carpeta es tu defensa.

Esto vale igual para un cartel, un correo o una campaña publicitaria entera con varios canales: se revisa cada pieza y también la página a la que lleva. Y en SEO, Google castiga trucos parecidos, como enseñar al robot una cosa y al usuario otra: lo tienes en la guía de black hat SEO.

¿Qué pasa con los anuncios engañosos en Google y en redes sociales?

Además de la ley, cada plataforma puede rechazarte el anuncio o suspenderte la cuenta. La política de información engañosa de Google Ads prohíbe, entre otras cosas, omitir datos relevantes y anunciar ofertas que no existen. Que una plataforma apruebe tu anuncio no lo hace legal.

Prompts para copiar y pegar

Actúa como revisor de publicidad para España. Te pego mi anuncio, la descripción de la imagen y las condiciones de la oferta [pégalos aquí]. Haz una lista de cada afirmación objetiva, expresa o implícita, y dime qué prueba necesito para cada una. Señala los datos esenciales que falten o queden escondidos (precio final, gastos, permanencia, límites). No es asesoría legal: dame una lista de riesgos.

Ofertas engañosas y «hasta agotar existencias»: qué dice la ley

Una oferta es engañosa cuando el precio, la cantidad o el plazo que anuncias no son los que el cliente va a encontrar. La ley es muy concreta con cuatro frases típicas de cualquier campaña de rebajas:

  • «Antes 140 €, ahora 100 €». El precio anterior debe verse junto al rebajado y es el menor que aplicaste a productos idénticos en los 30 días previos (artículo 20 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista).
  • «Hasta agotar existencias». Vale si es verdad. Es desleal anunciar un precio sin revelar que, con motivos razonables, no habrá producto a ese precio durante un período suficiente y en cantidades razonables (artículo 22.1 de la Ley de Competencia Desleal). Si tienes 20 unidades, dilo.
  • «Solo hasta hoy». Decir que la oferta dura muy poco, sin que sea cierto, para forzar la decisión es desleal en todo caso (artículo 23.4). Un contador que se reinicia cada medianoche mientras dices que se acaba es justo esto.
  • «Gratis». No puedes llamar «gratis» o «regalo» a lo que el cliente paga, salvo el coste inevitable de responder a la oferta y de recoger el producto o pagar su entrega (artículo 22.5).

Un ejemplo inventado para la guía: una tienda de Valencia vende unas zapatillas a 100 € en octubre, las sube a 140 € el 5 de noviembre y el 20 anuncia «de 140 € a 100 €, un 29 % menos». El menor precio de los 30 días anteriores fue 100 €. La rebaja real es cero y el cartel es engañoso.

Greenwashing: la publicidad engañosa con etiqueta verde

El greenwashing es presentar un producto o una empresa como más ecológicos de lo que son, y en la Unión Europea las reglas se han endurecido.

En España, «greenwashing» se busca unas 5.400 veces al mes (DataForSEO, octubre de 2026), más que «publicidad engañosa». La Directiva (UE) 2024/825 se aplica desde el 27 de septiembre de 2026. Prohíbe afirmaciones genéricas como «respetuoso con el medio ambiente» si no puedes demostrar un comportamiento ambiental excelente reconocido. También prohíbe decir que un producto tiene un impacto neutro en el clima solo porque se compensan emisiones.

La salida práctica es concretar: no «envase sostenible», sino «envase con un 30 % de plástico reciclado», y tener el certificado del proveedor guardado en el expediente del anuncio.

Preguntas frecuentes sobre la publicidad engañosa

¿Dónde denunciar publicidad engañosa?

Si eres consumidor, reclama primero a la empresa y pide la hoja de reclamaciones si es una tienda física. Si no te lo resuelven, acude a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) o al servicio de consumo de tu comunidad autónoma, que tramitan las denuncias. Guarda capturas del anuncio con fecha y el ticket. Si eres una empresa perjudicada por un competidor, puedes reclamar ante el Jurado de Autocontrol o ir a los tribunales.

¿Cómo se dice publicidad engañosa en inglés?

En Estados Unidos lo habitual es «false advertising» o «deceptive advertising», y en el Reino Unido, «misleading advertising», que es también el término de las directivas europeas en inglés. Si buscas guías de la FTC, la autoridad de consumo de EE. UU., usa «deceptive advertising». En Notablia tienes la versión en inglés de esta guía, adaptada a la ley estadounidense.

¿Qué es la publicidad subliminal?

La publicidad subliminal es la que usa estímulos tan débiles o tan rápidos que el público no los percibe de forma consciente, pero que pueden influirle. La Ley General de Publicidad la define en su artículo 4 y la considera ilícita siempre. Es distinta de la engañosa: en la subliminal no te enteras de que te están anunciando algo; en la engañosa sí ves el anuncio, pero lo que ves no es verdad o está incompleto.

¿Qué es la publicidad ilícita?

Es la publicidad que prohíbe el artículo 3 de la Ley General de Publicidad. Incluye la que atenta contra la dignidad de las personas, la que se aprovecha de la inexperiencia de los menores, la subliminal, la que incumple las normas de productos como el alcohol o los medicamentos, y la engañosa, desleal o agresiva. La engañosa es solo una de sus formas, aunque es la que más toca a una pyme que anuncia precios y ofertas.

¿Es legal la publicidad comparativa en España?

Sí, siempre que cumpla las condiciones del artículo 10 de la Ley de Competencia Desleal. Tienes que comparar productos que sirvan para lo mismo, hacerlo de forma objetiva sobre características esenciales, pertinentes y verificables, como el precio, y no denigrar al competidor ni aprovecharte de su marca. Comparar con datos viejos o elegidos a dedo no vale: una comparación falsa es, además, publicidad engañosa.

¿Qué es Autocontrol y para qué sirve?

Autocontrol es la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial, el organismo de autorregulación de la publicidad en España. A un anunciante le interesan dos servicios: el Jurado de la Publicidad, que resuelve reclamaciones, y la consulta previa (Copy Advice), que revisa un anuncio antes de que salga. Sus resoluciones no son multas del Estado, pero las empresas adheridas se comprometen a cumplirlas.

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